Impuesto a las ganancias

La liquidación del impuesto a las ganancias es un proceso mensual, que considera todas las liquidaciones realizadas en el período en curso (mes y año) y las liquidaciones anteriores, desde el inicio del año fiscal. Por lo tanto, trabaja siempre con importes acumulados al período de liquidación.

Mes a mes, el impuesto liquidado va ajustándose, puesto que en su cálculo interviene lo retenido o devuelto anteriormente, hasta determinar el impuesto final en la liquidación del período de Diciembre.

Se incluyen las novedades por legajo para ganancias hasta el período liquidado inclusive, es decir, los importes acumulados al período de liquidación.

Como resultado de la liquidación del impuesto, en el recibo de liquidación seleccionado se genera -si corresponde, un concepto de retención (Tipo 5-Impuesto a las ganancias) o un concepto de devolución de ganancias (Tipo 6-Devolución de ganancias), recalculándose el concepto de redondeo (Tipo 7- Redondeo) si corresponde a una reliquidación.

De igual forma que la liquidación de conceptos, la liquidación de ganancias puede realizarse individual o globalmente.

IMPORTANTE:

El sistema realiza el cálculo tomando como referencia la parametrización definida en el proceso Parámetros de Sueldos, en cuanto al Método a aplicar (Devengado o Percibido), de acuerdo a la liquidación activa o en curso.

Si efectúa varias liquidaciones en un mismo período, puede realizar la liquidación de ganancias en la última liquidación del período en caso de retener todo el impuesto en un recibo, o bien liquidar el impuesto a las ganancias en cada uno de los recibos, según sea la necesidad de su empresa.

El cálculo del impuesto es automático y no requiere definición de fórmulas. El cálculo se ajusta a la variable IMPGAN, definida para la fórmula 99999 asociada a los conceptos de ganancias (Tipo 5-Impuesto a las ganancias y Tipo 6-Devolución de ganancias). Para modificar el cálculo del impuesto a las ganancias, cambie la especificación de la fórmula.

 

Consideraciones previas

Detallamos a continuación, la secuencia de pasos a seguir para liquidar el impuesto a las ganancias:

Ingrese los valores topes para impuesto a las ganancias:

Ingrese las novedades para el impuesto a las ganancias, correspondientes al período a liquidar:

  • Obtenga novedades a partir del proceso Importación de novedades de SIRADIG.
  • Puede dar de alta Otros ingresos desde la solapa Empleos externos para aquellos empleados que perciban remuneraciones bajo otros empleadores.
  • Incorpore los importes liquidados en otro legajo a través del botón «Obtener importes» desde la solapa Otros legajos para aquellos empleados que posean liquidaciones con más de un legajo.

Aquellos números de legajo incluidos en la grilla Legajos a considerar de la solapa Otros legajos no se les liquidará el impuesto a las ganancias.

Seleccione los familiares que están afectados a la liquidación de ganancias tildando la opción Afecta ganancias en el proceso Familiares. Si usted utiliza el proceso Importación de novedades de SIRADIG este procedimiento es automático.

Liquide el Impuesto a las Ganancias. Intervendrán aquellos legajos que posean la marca de Liquida impuesto a las ganancias en Legajos de sueldos.

Para aquellos empleados que se incorporen pasado el primer mes del año, registre los acumulados para ganancias a través del proceso Acumulados fijos.

Seleccione los conceptos de liquidación que están afectados a la liquidación de ganancias, tildando la opción Afecta impuesto a las ganancias en el proceso Conceptos de liquidación.

IMPORTANTE:

Realice la liquidación del impuesto a las ganancias antes de imprimir los recibos de sueldo.

 

 

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