Para la liquidación del impuesto a las ganancias, Sueldos presenta algunos requisitos a completar para su correcto cálculo. A continuación pasamos a explicar cada una de esas instancias.
Ingrese para cada mes del año, los topes legales vigentes para cada una de las deducciones posibles.
Las deducciones disminuyen la base imponible de la ganancia acumulada para el cálculo del impuesto.
Elija la deducción e ingrese el importe (máximo posible de deducir sobre la ganancia neta acumulada), para una determinada deducción, en un período (mes y año).
Otra opción de carga es completando los valores para el periodo 01 del año fiscal y en los siguientes utilizar el botón «Calcular valores».
Ingrese a la solapa Impuesto a las Ganancias y seleccione el método por el cual se liquidará el impuesto:
- Por lo devengado: se calculan los acumulados de remuneraciones, retenciones y la consideración de los topes para deducciones, tramos de disminución e imposición según el período (mes y año) del dato fijo de liquidación activa o en curso.
- Por lo percibido: la consideración se realiza teniendo en cuenta el periodo de pago, es decir, el mes y año de la fecha de pago del dato fijo de liquidación activa o en curso.
Indique el método para el cálculo del SAC RG 4030/17:
- Sin proporcional en liquidaciones de SAC: con este método al momento de liquidar el SAC el sistema desestima el cálculo de la doceava parte de la ganancia para tomar en cuenta el SAC realmente liquidado, pero en los periodos posteriores vuelve a tomar la doceava parte.
- Con proporcional en liquidaciones de SAC: si se elige esta modalidad el importe a considerar para el SAC será el resultante de calcular la doceava parte de la ganancia bruta acumulada.
Por otra parte, configure el porcentaje de deducción para:
- Cuotas médico-asistenciales.
- Gastos médicos y paramédicos.
- Donaciones.
A continuación, indique si desea acotar la retención creando topes para el impuesto a retener según un porcentaje indicado, el que se calcula sobre el total bruto a percibir por el empleado en la liquidación activa.
Por último, para poder informar las retenciones realizadas en esta misma pantalla podrá configurar los parámetros para el SICORE, aplicativo que funciona bajo el S.I.Ap y mediante el cual informará a la AFIP las retenciones realizadas. Consulte sobre este tema en ¿Cómo generar los archivos para los aplicativos SICOSS y SICORE?
Complete los tramos de imposición de los 12 períodos que comprenden un año. Allí ingrese las escalas de ganancia neta imponible mensual y su correspondiente porcentaje a aplicar sobre el excedente de dicha escala.
Actualmente la normativa no contempla el uso de estos tramos por lo cual deberá completar los mismos con un porcentaje del 100% en cada periodo.
Como los demás conceptos que intervienen en una liquidación, el impuesto a las ganancias tiene sus propias novedades. Están divididas en cuatro grupos.
- Pago por deducciones generales: corresponde a los pagos que realice el empleado en carácter de donaciones, intereses hipotecarios y primas de seguro , entre otros.
- Otros ingresos: en caso de que tenga otro empleador y reciba remuneración de éste, el empleado debe informar si percibe otros ingresos.ç
- Retenciones, Percepciones y Pagos a cuenta: desde este proceso se deben ingresar aquellos importes que hayan sido descontados y puedan ser imputados como pagos del impuesto.
- Importación de novedades de SiRADIG: mediante este proceso es posible incorporar al sistema las novedades de forma automática evitando posibles errores de carga manual.
6. Organismos para el pago de deducciones:
Ingrese aquí los datos del organismo, en el caso que los empleados presenten comprobantes de pagos que puedan tomarse como deducciones.
Seleccione los conceptos de liquidación que están afectados a la liquidación de ganancias, tildando en la solapa Parametrización la opción Afecta impuesto a las Ganancias y seleccione su acumulación entre directa o proporcional. En el primer caso, el importe del concepto liquidado afecta en su totalidad al período. En cambio, si es proporcional, el importe liquidado afecta proporcionalmente según los períodos restantes, hasta finalizar el año fiscal.
8. Liquidación y consulta del impuesto:
Para el cálculo del impuesto a las ganancias, Sueldos dispone de dos procesos en los cuales podrá liquidar en forma global o individual:
- Liquidación de ganancias individual: seleccionando un dato fijo podrá de manera individual para cada legajo realizar la liquidación del impuesto, siempre que previamente se hubieran liquidado los conceptos que generan la ganancia del empleado.
- Liquidación de ganancias global: a diferencia de una liquidación individual, se cuenta aquí con el Seleccionador de legajos dando la posibilidad de solicitar por determinados grupos de empleados la liquidación del impuesto.
Recuerde que además podrá liquidar el impuesto a las Ganancias desde Liquidación de conceptos individual o bien desde Liquidación de conceptos global.
Para aquellos empleados que se incorporen pasado el primer mes del año, registre los acumulados para ganancias a través del proceso Acumulados fijos.