Alicuotas en Proveedores

Mediante este proceso se definen los distintos tipos de impuestos que se utilizarán en el ingreso de comprobantes de proveedores.

Los códigos se dividen en grupos según la siguiente clasificación:

Códigos Descripción
1 a 20 Tasas de IVA, Sobretasas y Subtasas
40 Impuestos internos por Importe Fijo
51 a 500 Otros Impuestos

El concepto de sobretasas de IVA incluye los códigos que corresponden a «Percepciones» realizadas por los proveedores en los comprobantes. El grupo Otros impuestos abarca todos los importes que no forman parte de la base gravada y no gravada del comprobante y deben discriminarse a efectos contables. Por ejemplo se pueden ingresar:

  • Impuestos Internos
  • Percepciones de Ingresos Brutos, etc.
Nota

Para todos los impuestos puede asociarse un porcentaje para el cálculo automático.

El código «40» no es de utilidad en el módulo Proveedores.

Tipo de alícuota: indique el tipo de alícuota que está ingresando. Los valores posibles son: ‘IVA’, ‘Impuestos Internos’, ‘Ingresos Brutos’ y ‘Otros impuestos’.
Si el tipo de alícuota es IB (Ingresos Brutos), se habilitará el campo para ingresar una provincia para esa alícuota. Este dato no es obligatorio.

Jurisdicción: ingrese la jurisdicción a la que corresponde esta alícuota. Si la alícuota es de IVA o Impuesto Interno, el sistema la considera como nacional; si corresponde a Ingresos Brutos, la asume como provincial, mientras que si el tipo de alícuota corresponde a Otros Impuestos debe indicar su jurisdicción. Los valores posibles son: ‘Nacional’, ‘Provincial’ y ‘Municipal’. Este campo se utiliza en el proceso Generación Archivo RG 1361.

Código Provincia: si el Tipo de alícuota es ‘IB’ (Ingresos Brutos), se habilita este campo para ingresar el código de una provincia para esa alícuota. Este campo no es obligatorio y se utiliza en el proceso Generación Archivo SIAp – Percepciones SIFERE.

Percepción: indique si la alícuota corresponde a una percepción.

Recaudación bancaria: este campo permite identificar las alícuotas de Ingresos Brutos que son liquidadas en los extractos bancarios. Para que este campo se habilite, la alícuota tiene que estar parametrizada como ‘Percepción’.

Imponible para impuesto a las ganancias: en el caso de impuestos internos y otros impuestos indique si el importe registrado en el impuesto forma parte de la base de cálculo para el Impuesto a las Ganancias al momento del pago. Normalmente debe estar en «No».

Mínimo: indica el importe mínimo del impuesto a partir del que se realizará el cálculo automático del impuesto. Si no se ingresa este valor, el impuesto se calculará siempre que corresponda.

Afecta costos: indique si la alícuota afecta el costo de reposición y de última compra del artículo. Ésta debe estar asociada al artículo y el tipo de Alícuota no debe ser de ‘Ingresos Brutos’.

Grupo ARBA: indica el grupo de percepción ARBA vinculado con el código de alícuota de tipo percepción de Ingresos Brutos.

Grupo AGIP – Riesgo fiscal: indica el grupo de percepción AGIP vinculado con el código de alícuota de tipo percepción de Ingresos Brutos, ingrese ‘1’ para identificar a los contribuyentes normales, e ingrese ‘2’, ‘3’ y ‘4’ para contribuyentes que se encuentren dentro del padrón de contribuyentes con riesgo fiscal.

Nota
Fuera de vigencia a partir del 01/01/2020 según Resolución Nº 296/AGIP/2019.

Grupo AGIP – Magnitudes superadas: indica el grupo de percepción AGIP vinculado con el código de alícuota de tipo percepción de Ingresos Brutos, ingrese ‘1’ para identificar a los contribuyentes normales, e ingrese ‘2’ para contribuyentes que se encuentren dentro del padrón de contribuyentes con magnitudes superadas.

Nota
Fuera de vigencia a partir del 01/01/2020 según Resolución Nº 296/AGIP/2019.

Grupo AGIP – Exentos y alícuotas diferenciales: indica el grupo de percepción AGIP vinculado con el código de alícuota de tipo percepción de Ingresos Brutos, ingrese ‘1’ para identificar a los contribuyentes normales, e ingrese ‘2’ o ‘3’ para contribuyentes que se encuentren dentro del padrón de contribuyentes exentos y alícuotas diferenciales.

Nota
Fuera de vigencia a partir del 01/01/2020 según Resolución Nº 296/AGIP/2019.

Grupo AGIP – Régimen general: indica el grupo de percepción AGIP vinculado con el código de alícuota de tipo percepción de Ingresos Brutos. Ingrese ‘0’ para identificar a los contribuyentes que no están dentro del padrón de régimen general. Ingrese los números de grupo desde ‘1’ a ’16’ para los contribuyentes que se encuentren dentro del padrón. Cada grupo cuenta con una alícuota diferente según la disposición de AGIP.

Nota

Los campos de Grupo ARBA y de Grupo AGIP son excluyentes entre sí.

Para mayor información consulte el ítem puesta en marcha en la Guía sobre actualización de alícuotas de IIBB según AGIP Bs.As.

Más información:

Los códigos de Alícuotas que se ingresan mediante este proceso son independientes de los que corresponden al módulo Ventas.

En el caso que desee actualizar en forma automática la alícuota correspondiente a la percepción de ingresos brutos de acuerdo a las Resoluciones AGIP 251/08, AGIP 816/14, AGIP 177/09, AGIP 364/16, AGIP 421/16 296/19 y 352/23 de la ciudad de Bs. As. complete el grupo de Rentas al que pertenece la alícuota que está definiendo (campos de Grupo AGIP).

Devolución TurIVA: indique si la alícuota corresponde a una devolución de TurIVA (IVA turista originada por un comprobante T). Ésta por defecto está desactivada y se habilita si el tipo de alícuota es ‘Impuesto al valor agregado, jurisdicción nacional’ y no es una percepción. Es necesario que el porcentaje de IVA se defina en 0 (cero).

 

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