Este proceso revierte lo realizado en el proceso de compensación de partes.
Para anular la compensación es suficiente indicar el Período a anular y un grupo de Legajos para los que desea realizar la operación.
Nota
Es altamente recomendable que el período a anular sea igual al período a procesar con que se compensó. De lo contrario, puede ocurrir que se realice una anulación parcial de la compensación. Por lo tanto, recomendamos que si el período de compensación de un empleado es mensual, la compensación y anulación de partes se efectúe también en forma mensual.