Los tipos de conceptos son fijos por sistema, y por ende, no es posible modificarlos, salvo su descripción.
Determinan el comportamiento habitual de los conceptos lógicos que se incluyen en una liquidación y el cálculo de totales, tanto de remuneraciones del empleado como de contribuciones del empleador.
Clasificación:
- Haber: los importes correspondientes a esta categoría son sumados (haberes positivos) o restados (haberes negativos o descuentos) al total neto de la liquidación del empleado, previo al cálculo de retenciones.
- Retención: los importes correspondientes son descontados del total neto de la liquidación del empleado y retenidos por el empleador para su posterior remisión a los organismos que correspondan. (obra social, sindicato, cajas de jubilación, etc.)
- Asignación: aplicable para el cálculo de asignaciones familiares. Los importes correspondientes son sumados al total neto de la liquidación del empleado, sin sufrir descuentos ni retenciones.
- No Remunerativo: los importes correspondientes se suman (no Remunerativos positivos) o se restan (no remunerativos negativos) al total neto de la liquidación del empleado, sin verse afectados por contribuciones y retenciones.
- impuesto a las ganancias: utilizado para la liquidación de la retención por el impuesto a las ganancias. Este concepto se comporta como un concepto ‘Retención’ y estará incluido en este total. Es posible realizar el cálculo de retención mediante una fórmula específica.
- Devolución de ganancias: utilizado para la liquidación de la devolución del impuesto a las ganancias (por retenciones efectuadas en exceso). Este concepto se comporta como un concepto ‘No Remunerativo’ y estará incluido en este total. Es posible realizar el cálculo de retención mediante una fórmula específica.
- Redondeo: el concepto de redondeo se comporta como un concepto ‘No Remunerativo’ y estará incluido en este total. Es posible realizar el cálculo de redondeo mediante una fórmula específica, redondeando la unidad requerida, por ejemplo a 0,50 ó 1,00.
- Contribución: los importes correspondientes se liquidan en forma independiente, es decir, no son incluidos en la liquidación del empleado. Utilice las liquidaciones de Contribuciones.
- Auxiliar: de utilidad para el cálculo de auxiliar de otros tipo de conceptos (por ejemplo: calculo de acumulados). Los importes se liquidan pero no se visualizan en la grilla de liquidación, ni afectan reportes de borrador de liquidación y recibo de sueldo. Únicamente se pueden visualizar desde el listado de conceptos y totales.
Apertura en subtipos: determine la apertura en subtipos para cada tipo de concepto. Agrupando conceptos de liquidación en uno o varios subtipos, esto le permite definir sus propios subconjuntos de conceptos.
Estos subtipos pueden ser referenciados por variables de fórmulas de liquidación, para obtener importes de algunos conceptos o grupo de conceptos. Utilice el proceso Tablero de Sueldos para consultar los valores de subtipos.
Los tipos de concepto de Ganancias (‘5 – Impuesto a las Ganancias’ y ‘6 – Impuesto a las Ganancias’) y Redondeo (‘7 – Redondeo’) no contemplan apertura en subtipos.
Ejemplo…
Tipo de concepto (fijo) | Subtipo de concepto (definible) | Concepto de liquidación |
---|---|---|
Retención | Jubilación | Jubilación 11% |
Jubilación voluntaria | ||
Haber | Adicionales de convenio | Adicional título secundario |
Adicional título terciario | ||
Adicional título universitario |
Asociar conceptos: defina conceptos de liquidación a un subtipo de concepto.
Puede realizar esta asociación en forma manual e individual desde el proceso Conceptos y para hacerlo de forma masiva, puede hacerlo desde el proceso Asignación masiva de subtipos.