Guía de Restô sobre RG 4520 – (RG 3668 derogada)

Por medio de la RG 4520 se deja sin efecto la obligación de requerir el formulario 8001, mediante el cual los restaurantes y hoteles, en oportunidad de emitir los comprobantes clase ‘A’, solicitaban la presentación de dicha declaración jurada.

Información general
Las facturas o notas de crédito ‘A’ se podrán emitir con el sistema Tango Restó a través de comprobantes electrónicos o a través de controladores fiscales de última generación.
Se deberá consignar el motivo de la excepción prevista por el artículo 52 de la reglamentación de la Ley de IVA, y el de las operaciones contempladas por la RG 74. El alcance del régimen se hace extensivo a los sujetos que actúen en carácter de intermediarios de dichas operaciones.
Para más información consulte el siguiente link: http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004520_2019_07_10

 

Puesta en marcha

En la subsolapa General de la solapa Facturación debe tildar el parámetro RG 4520 – (3668 Derogada) – Operaciones que no dan lugar al crédito fiscal. Genera información de las operaciones de venta clase ‘A’.
Usted podrá emitir los comprobantes de tipo ‘A’ por medio de controladores fiscales de última generación o a través de comprobantes electrónicos.
Si usted decide emitir los comprobantes a través de controladores fiscales de última generación, deberá parametrizar la variable correspondiente que indicará el motivo de la excepción en la factura. Para ello defina la variable correspondiente en Parámetros generales, dentro de Valores para controlador e impresora fiscal, bien sea en el encabezado o en el pie del tickets, que indicará el motivo de la excepción.

 

Detalle del circuito

Durante la ejecución de cualquier circuito habitual de facturación con comprobantes tipo ‘A’: Adicionista, mostrador, delivery, facturar mesa o facturar cliente, al momento de terminar el circuito, el sistema le ofrecerá la opción si desea o no indicar motivo de excepción en caso de que corresponda aplicar.
Si aplica la excepción, haga clic en el botón «Aceptar» cuando el sistema le ofrezca completar los datos de la excepción, posteriormente se le presentará una vista donde podrá seleccionar el motivo de la excepción. Caso contrario, de no necesitar aplicar excepción deberá hacer clic en el botón «Omitir» para obviar este paso y continuar con el circuito de facturación.
En el caso de querer modificar la excepción al momento de emitir el comprobante tipo ‘A’, haga clic en el botón «(MAS)» y luego pulse el botón «RG 4520». A continuación tendrá la vista que le permitirá cambiar la excepción. Haga clic en el botón «Acaptar» o «Cancelar» según sea el caso, y podrá continuar con el circuito de facturación.

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