Ahora permitimos establecer una «base de análisis» diferente a la «base de cálculo».
Un caso de aplicación para aprovechar esta mejora lo encontrás en la retención de ingresos brutos para la Provincia de Santa Fe, según la RS n° 15/97 (artículo n° 5 y 9) y su posterior modificación RS n° 29/22 (artículo n° 3) en la que se establece que en el pago se debe retener un porcentaje (en este caso del 3.6%) sobre el Neto Gravado cuando el importe total supere los $60.000.
Si necesitás más información sobre esta reglamentación consulta el siguiente vínculo.