Guía de impuesto a las ganancias

Para la liquidación del impuesto a las ganancias, Sueldos presenta algunos requisitos a completar para su correcto cálculo. A continuación pasamos a explicar cada una de esas instancias.

 

1. Topes de deducciones:

Ingrese para cada mes del año, los topes legales vigentes para cada una de las deducciones posibles.

Las deducciones disminuyen la base imponible de ganancia acumulada para el cálculo del impuesto.

Elija la deducción e ingrese el importe (máximo posible de deducir sobre la ganancia neta acumulada), para una determinada deducción, en un período (mes y año).

 

2. Parámetros de Sueldos:

Ingrese a la solapa Impuesto a las Ganancias y seleccione el método por el cual se liquidará el impuesto:

  1. Por lo devengado: se calculan los acumulados de remuneraciones, retenciones y la consideración de los topes para deducciones, tramos de disminución e imposición según el período (mes y año) del dato fijo de liquidación activa o en curso.
  2. Por lo percibido: la consideración se realiza teniendo en cuenta el periodo de pago, es decir, el mes y año de la fecha de pago del dato fijo de liquidación activa o en curso.

Por otra parte, configure el porcentaje de deducción para:

  1. Cobertura médica.
  2. Honorarios médicos.
  3. Donaciones.

A continuación indique si desea acotar creando topes para el impuesto a retener según un porcentaje indicado, el que se calcula sobre el total bruto a percibir por el empleado en la liquidación activa.

Por último, para poder informar las retenciones realizadas en esta misma pantalla podrá configurar los parámetros para el SICORE, aplicativo que funciona bajo el SIAp y mediante el cual informará a la AFIP las retenciones realizadas. Consulte sobre este tema en ¿Cómo generar los archivos para los aplicativos SICOSS y SICORE?.

 

3. Tramos de imposición:

Complete los tramos de imposición de los 12 períodos que comprenden un año. Allí ingrese las escalas de ganancia neta imponible mensual y su correspondiente porcentaje a aplicar sobre el excedente de dicha escala

 

4. Tramos de disminución:

Similar a los tramos de imposición, debe ingresar los importes de ganancia neta imponible por periodos mensuales, y su porcentaje a aplicar sobre el total de las deducciones contempladas en el Art. 23 de la ley de ganancias.

 

5. Novedades para ganancias:

Como los demás conceptos que intervienen en una liquidación, el impuesto a las ganancias tiene sus propias novedades. Están divididas en dos grupos y son comunicadas al empleador mediante el F572 por el empleado en carácter de declaración jurada.

  1. Pago por deducciones generales: Corresponde a los pagos que realice el empleado en carácter de donaciones, intereses hipotecarios y primas de seguro , entre otros.
  2. Otros ingresos: en caso de que tenga otro empleador y reciba remuneración de éste, el empleado debe informar si percibe otros ingresos.

 

6. Organismos para el pago de deducciones:

Ingrese aquí los datos del organismo, en el caso que los empleados presenten comprobantes de pagos que puedan tomarse como deducciones.

 

7. Conceptos de liquidación:

Seleccione los conceptos de liquidación que están afectados a la liquidación de ganancias, tildando en la solapa Parametrización la opción Afecta impuesto a las ganancias y seleccione su acumulación entre directa o proporcional. En el primer caso, el importe del concepto liquidado afecta en su totalidad al período. En cambio si es proporcional, el importe liquidado afecta proporcionalmente según los períodos restantes, hasta finalizar el año fiscal.

 

8. Liquidación y consulta del impuesto:

Para el cálculo del impuesto a las ganancias, Sueldos dispone de dos procesos en los cuales podrá liquidar en forma global o individual:

 

Sugerencias:

Incluya el detalle de la liquidación del impuesto a las ganancias al realizar la impresión de recibos de haberes, configurando que se imprima debajo del recibo o de forma independiente, para cada recibo emitido. Para más información sobre este tema diríjase al tópico Tipos de liquidación.

Recuerde que además podrá liquidar el impuesto a las ganancias desde el proceso de liquidación de sueldos.

Para aquellos empleados que se incorporen pasado el primer mes del año, registre los acumulados para ganancias a través del proceso Acumulados fijos.

 

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