Puesta en marcha del circuito de comprobantes electrónicos

Para implementar el circuito de comprobantes electrónicos debe seguir el procedimiento detallado a continuación.

Pasos previos que todo cliente debe realizar ante la AFIP:

  1. Gestione la clave fiscal de nivel 3. (En www.afip.gob.ar/clavefiscal, conozca cómo obtener la clave fiscal. Este es un trámite personal a cargo del dueño o apoderado de la empresa.)
  2. Obtenga el certificado digital (*). Recomendamos utilizar el programa Pedido de certificado digital (AxCertSetup.exe) para generar la información necesaria para gestionar el certificado digital ante la AFIP. El mencionado programa se encuentra en el directorio de instalación del sistema. Este programa fue desarrollado para facilitar esta operación, no obstante puede realizar este trámite siguiendo las instrucciones de la AFIP.
    Si usted cumple con más de un régimen de facturación electrónica, puede usar el mismo certificado digital. Para ello, debe relacionarlo con los webservices correspondientes.
  3. Realice los pasos de configuración desde la página de AFIP.

(*) Ejemplos…

  1. Usted ya opera con Factura Electrónica (para el mercado interno) y a partir del 1º de Julio del 2010 debe emitir Facturas Electrónicas de Exportación. En este caso, debe agregar la relación de su certificado digital con el webservice de factura electrónica de exportación (WSFEX).
  2. Usted ya opera con Factura Electrónica (para el mercado interno) y a partir del 1º de Enero del 2011 debe emitir Facturas Electrónicas para percibir un bono fiscal y aplicarlo al pago de impuestos nacionales. En este caso, debe agregar la relación de su certificado digital con el webservice de bonos fiscales electrónicos (wsbfev1).

Le recomendamos visitar la página web http://www.afip.gov.ar/fe/ para obtener más información.

 

Pedido de Certificado Digital

Para generar el pedido de certificado debe seguir los pasos que indica la AFIP Ya que este procedimiento tienen cierto grado de complejidad, Axoft Argentina S.A. ha desarrollado un Asistente que lo guiará en la obtención del mismo.

Para acceder a este asistente, seleccione Programas | Tango Gestión | Pedido de certificado digital y siga los pasos que se le indican en pantalla.

El asistente genera 3 archivos. Al conectarse a la web de la AFIP para entregar el pedido de certificado digital, indique como nombre de archivo aquél que tenga extensión *.req (Request) para su validación por parte del AFIP.

Tenga en cuenta que AFIP puede devolver el mensaje de error: ‘El Request enviado es inválido. Por favor revíselo’, en las siguientes situaciones:

  • El archivo seleccionado no es el pedido por AFIP.
  • El archivo está dañado.
  • El archivo no está correctamente generado.

En ese caso, sugerimos realizar los siguientes pasos:

  1. Reinstale Openssl.
  2. Verifique que no existan espacios en nombre y alias ingresados.
  3. Regenere archivo .req (Request).

 

Configuración en AFIP

Desde el sitio web de AFIP, apartado Contribuyentes, realice los siguientes pasos:

  1. Registre el punto de venta correspondiente ante la AFIP: desde la opción ‘A / B / M de Puntos de Venta’, elija ‘Alta’ y luego, seleccione ‘RECE para aplicativo y web services’ como sistema de facturación asociado.
  2. Habilite el uso de la modalidad ‘Comprobantes en línea’: desde la opción ‘Administración de Certificados Digitales’, elija ‘Nueva Relación’; haga clic en «Buscar» para seleccionar el Servicio y elija ‘Comprobantes en Línea’. Por último, haga clic en «Buscar» para seleccionar el representante y confirme la operación.
  3. Asocie el certificado digital obtenido a un webservice: desde la opción ‘Administrador de Relaciones de Clave Fiscal’, elija ‘Nueva Relación’; haga clic en «Buscar» para seleccionar el Webservice a utilizar (ejemplo: WS Factura electrónica). Si utiliza más de un webservice (ejemplo: para Facturación Electrónica del mercado interno y para Facturación de Exportación), asocie el certificado a los servicios requeridos.

 

Cambio de versión de Webservices

El webservice vigente hasta el 30 de Junio del 2011 para la solicitud y autorización de emisión de comprobantes electrónicos originales del mercado interno, es el correspondiente a la Versión 0.

A partir del 01 de Julio del 2011 y, si usted emite comprobantes electrónicos ‘A’ y/o ‘B’ (según la RG 2485), elija la Versión 2.

Si usted cumple con el régimen especial de emisión y almacenamiento de comprobantes originales que respaldan operaciones de exportación, con la entrada en vigencia de la RG 3066 (que modifica la RG 2758), cambia el webservice para el envío a la AFIP de estos comprobantes. Al actualizar su sistema, el webservice a considerar será WSFEXV1. Este cambio no se configura a través de Parámetros de Ventas.

Si usted debe cumplir con la Resolución General 2904 – Art. 4º (comprobantes electrónicos del mercado interno con detalle de operaciones), el webservice a utilizar será el correspondiente a la Versión J.

Si usted es Monotributista y cumple con la RG 3067 para la emisión de comprobantes electrónicos ‘C’, elija la Versión 2 como Webservices a utilizar.

Si usted cumple con la RG 2557/09 para la emisión de comprobantes electrónicos con aplicación de Bonos Fiscales Electrónicos (según Decreto Nº 2316/08), el webservice a utilizar lo determina el talonario asociado al comprobante electrónico.

Sin embargo, elija un Webservice de referencia, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. Si usted cumple sólo con la RG 2557/09 para la emisión de comprobantes electrónicos del mercado interno y la utilización de los Bonos Fiscales Electrónicos, elija la opción ‘Versión 2’.
    Los comprobantes electrónicos originales que respaldan las operaciones sujetas al régimen de incentivo para las empresas productoras de bienes de capital, sus partes y accesorios, deben emitirse en los términos de la Resolución General Nº 2485 y su modificación.
  2. Si usted también cumple con otro régimen de facturación, elija la opción correspondiente de webservice: ‘2 – versiones 1, 1.1 y 2 de webservices’ o ‘J – Notificación Juez’.
    De esta manera, podrá emitir comprobantes electrónicos bajo los 2 regímenes de facturación.

Al cambiar a la versión 2 de webservices es necesario que asigne el código AFIP a las alícuotas, monedas y percepciones definibles antes de facturar.

La opción ‘Versión 2’ del parámetro Webservices a utilizar contempla las versiones 1, 1.1 y 2 de webservices según RG 2485 y también, la versión 1.1 de webservices para Bonos Fiscales Electrónicos (BFE) según RG 2557.

Pasos a realizar por el cambio de versión de webservices

Tenga en cuenta las siguientes indicaciones al cambiar de versión 0 a versión 2 de webservice:

  1. Invoque el proceso Parámetros de Ventas para registrar la versión de webservices a utilizar.
    Para poder realizar el cambio de versión de webservices, el sistema valida que no existan comprobantes electrónicos pendientes de obtener CAE.
    Si existen comprobantes electrónicos sin CAE, ejecute el proceso Administración de Comprobantes Electrónicos y obtenga el CAE de los comprobantes electrónicos pendientes / rechazados.
    Una vez obtenido el CAE de todos los comprobantes, cambie de versión de webservice desde la solapa Comprobantes electrónicos de Parámetros de Ventas.
  2. Desde el proceso Alícuotas indique, para cada una de las alícuotas, el código de tributo definido por AFIP.
  3. Si usted aplica Percepciones definibles defina para cada una de ellas, el código habilitado por AFIP.

 

Pasos previos a la generación de un comprobante electrónico

A continuación enumeramos los pasos necesarios para poner en marcha el circuito de Comprobantes Electrónicos:

  1. Definición de los datos de la empresa
  2. Definición de los parámetros del Administrador de Comprobantes Electrónicos
  3. Definición de las provincias
  4. Definición de los países (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)
  5. Definición de las monedas (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)
  6. Alta de talonarios
  7. Codificación de artículos (sólo para versión ‘Notificación Juez’ de Webservices)
  8. Clasificación de artículos
  9. Clasificación de los clientes (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)
  10. Codificación de alícuotas
  11. Codificación de percepciones definibles
  12. Resoluciones AFIP – Regímenes específicos – Reemplazo de regímenes informativos (información de datos adicionales)

 

1. Definición de los datos de la empresa

Ingrese a la solapa Empresa del proceso Parámetros de Ventas y complete y/o verifique los datos particulares de su empresa (razón social, domicilio, fecha de inicio de actividades y número de inscripción en Ingresos Brutos).
Luego, ingrese a la solapa Comprobantes electrónicos del proceso Parámetros de Ventas y complete los siguientes datos:

Para comprobantes electrónicos del mercado interno:

    • Si usted cumple con la RG 2485 (sus Modificatorias y Complementarias).
    • Si usted cumple con la RG 2904 – Art. 4º (notificación juez).
    • Si usted cumple con la RG 3067 (comprobantes clase ‘C’ emitidos por Monotributistas).
    • Si usted cumple con la RG 2557/09 (con la utilización de Bonos Fiscales Electrónicos).
    • Si usted cumple con la RG 3749 (comprobantes clase ‘M’ y/o reemplazo de regímenes informativos).
    • Si usted cumple con la RG 4004 (comprobantes clase ‘B’ o ‘C’ de locación de inmuebles con destino casa habitación).

Complete los siguientes datos:

  • Ingrese la Fecha de Incorporación al régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
  • No ingrese Fecha de Exclusión, ya que el sistema considerará que usted abandonó el régimen de comprobantes electrónicos.
  • Seleccione el Webservices a utilizar:
    • Para comprobantes electrónicos ‘A’ y/o ‘B’ (según RG 2485), elija la Versión 0 – Mercado interno (vigente hasta el 30 de Junio del 2011).
    • Para comprobantes electrónicos ‘A’ y/o ‘B’ (según RG 2485), a partir del 01 de Julio del 2011 o para comprobantes electrónicos ‘M’ (según RG 3749) elija la Versión 2 – Incluye versiones 1, 1.1 y 2.
    • Si usted es Monotributista y cumple con la RG 3067 para la emisión de comprobantes electrónicos ‘C’, elija la Versión 2 – Incluye versiones 1, 1.1 y 2.
    • Si usted factura actividades alcanzadas por el reemplazo de regímenes informativos indicados en la RG 3749 o RG 4004 E, elija la Versión 2 – Incluye versiones 1, 1.1 y 2.
    • Si usted fue notificado por la Administración Federal de Ingresos Públicos respecto de su inclusión en el régimen de emisión de comprobantes electrónicos mediante nota inscripta por el juez administrativo competente (según RG 2904), elija la Versión J – Notificación Juez.
    • Si usted cumple con la RG 2557/09 para la emisión de comprobantes electrónicos con aplicación de Bonos Fiscales Electrónicos (según Decreto Nº 2316/08), el webservice a utilizar lo determina el talonario asociado al comprobante electrónico.
    • Sin embargo, elija un Webservice de referencia, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
      • Si usted cumple sólo con la RG 2557/09 para la emisión de comprobantes electrónicos del mercado interno y la utilización de los Bonos Fiscales Electrónicos, elija la opción ‘Versión 2’.
        Los comprobantes electrónicos originales que respaldan las operaciones sujetas al régimen de incentivo para las empresas productoras de bienes de capital, sus partes y accesorios, deben emitirse en los términos de la Resolución General Nº 2485 y su modificación.
      • Si usted también cumple con otro régimen de facturación, elija la opción correspondiente de webservice: ‘Versión 2 – versiones 1, 1.1 y 2 de webservices’ o ‘J – Notificación Juez’.
        De esta manera, podrá emitir comprobantes electrónicos bajo los 2 regímenes de facturación (*).
  • Configure el Indicador de servicio y Valor del Indicador: si utiliza el webservice 2 – Incluye versiones 1, 1.1 y 2, puede parametrizar la edición del Indicador de Servicio.
    Usted puede editar este dato o bien, ocultar su ingreso en los procesos de facturación (facturas, notas de débito y notas de crédito).
    Si este dato se oculta, defina el valor del indicador a tener en cuenta. Las opciones posibles son: 1 – Productos, 2 – Bienes o 3 – Productos y Servicios.
    Si el valor elegido es ‘2’ o ‘3’, el sistema asume que la Empresa es Prestadora de Servicios y deberá ingresar además, el período del Servicio Facturado (Mes Anterior, Mes Completo o Mes Siguiente).
    Este dato no es solicitado si usted utiliza Bonos Fiscales Electrónicos (RG 2557/09).

Para comprobantes electrónicos del mercado exterior:
Si cumple con la RG 3066 (sus Modificatorias y Complementarias), indique la fecha de incorporación al régimen especial de emisión y almacenamiento de comprobantes originales que respaldan operaciones de exportación.

  • Complete los siguientes datos:
    • Ingrese la Fecha de Incorporación al régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
    • No ingrese Fecha de Exclusión, ya que el sistema considerará que usted abandonó el régimen de comprobantes electrónicos.
    • Seleccione el Idioma habitual de los comprobantes (español, inglés o portugués).

Para comprobantes del mercado interno con codificación de las operaciones (según RG2904 – art. 4º) y comprobantes electrónicos del mercado exterior (según RG 3066):

  • Indique cuál será el Detalle del comprobante (descripción del artículo o sinónimo del cliente)
  • Indique si incluye comentarios de los artículos como parte de la descripción de los productos.

Más información:

La opción ‘Versión 2’ del parámetro Webservices a utilizar contempla las versiones 1, 1.1 y 2 de webservices según RG 2485 y también, la versión 1.1 de webservices para Bonos Fiscales Electrónicos (BFE) según RG 2557.

Nota

Usted puede cambiar la versión de webservices a utilizar sólo si no existen comprobantes electrónicos pendientes de obtener CAE.

Si necesita aplicar una parametrización especial a uno o más clientes, defina esta configuración en la ficha de cada cliente. Para más información, consulte el ítem Clasificación de los clientes.

Si emite comprobantes electrónicos y la actividad de su empresa se relaciona con la Prestación de Servicios:

  • Active el parámetro Es empresa prestadora de servicios.
  • Indique la modalidad para el cálculo de las fechas del servicio facturado (‘Mes anterior’, ‘Mes completo o actual’, ‘Mes siguiente’). Esta información puede ser modificada desde los procesos de facturación.
    Por ejemplo, seleccione ‘Mes Anterior’ si su empresa factura el primer día de cada mes, los servicios brindados el mes anterior.
  • Active el parámetro Empresa Prestadora de Servicios.
  • Si esta alcanzado por RG 3749 o RG 4004 E (reemplazo de regímenes informativos):
    • Ingrese a la solapa Otras resoluciones ubicada en Comprobantes electrónicos de Parámetros de Ventas (dicha opción estará habilitada únicamente si el web service seleccionado es ‘Versión 2’).
    • Tilde el campo Presenta información adicional requerida por AFIP.
    • Indique el valor por defecto para el campo Actividad habitual a informar. Seleccione la actividad con que opera con mayor frecuencia, siendo sus posibilidades las siguientes (si su actividad más frecuente no está en las opciones deje el campo en blanco):
      • Educación pública de gestión privada.
      • Locación de inmuebles rurales.
      • Locación de inmuebles turísticos.
      • Locación de inmuebles.
    • En Tipo de actividad habitual seleccione alguna de las opciones considerando la actividad que desarrolla y lo especificado en las normativas vigentes. El campo puede quedar en blanco.

Publicación en Tango nexo
A través de la publicación de sus comprobantes electrónicos en nexo,  usted  tendrá las siguientes ventajas:

  • Disponibilidad de los comprobantes electrónicos las 24 horas para poder ser accedidos por sus clientes desde cualquier PC.
  • Acuse de recibo de la descarga de los comprobantes electrónicos.

Para más información acerca de estas y otras ventajas que ofrece utilizar Tango nexo, ingrese a la ayuda del producto.

Para el envío del comprobante electrónico a su cliente a través de correo electrónico:

  • Ingrese a la solapa Envío por correo electrónico.
  • Complete los datos referidos al servidor de correo electrónico, usuario (nombre de la cuenta de mail), clave (contraseña del usuario), remitente, asunto y cuerpo. Este paso no es obligatorio y puede realizarse con posterioridad.

Para el resguardo del comprobante electrónico:

  • Ingrese la ubicación en el disco donde se guardarán los archivos (en formato PDF) generados en cada facturación.

 

2. Definición de los parámetros del Administrador de Comprobantes Electrónicos

Por cada computadora que emita comprobantes electrónicos, realice los siguientes pasos para poder enviar comprobantes electrónicos a la AFIP.
En la pantalla de Administración de Comprobantes Electrónicos, ingrese a Parámetros y coloque los datos de conexión.

  1. Ingrese el certificado extendido por la AFIP (indique ubicación y nombre del archivo).
  2. Indique la ubicación del archivo que contiene la clave privada (utilizada para solicitar el certificado digital).
  3. Ingrese la identificación de origen (utilizada para solicitar el certificado digital).

La clave privada y la identificación de origen las puede obtener del asistente mencionado en el ítem Pedido de Certificado Digital. Tenga en cuenta que en Identificación de origen debe ingresar el contenido del archivo con extensión *.txt (no su ubicación).

Nota

Recuerde que esta configuración debe ser efectuada en cada una de las terminales que emitan comprobantes electrónicos.

 

3. Definición de las provincias

Ingrese al proceso Provincias y controle que la codificación asignada en Clasificación AFIP sea la correcta para cada una de las provincias definidas.
Este dato es requerido por la AFIP para la preparación de los archivos de comprobantes electrónicos correspondientes a la RG 2485 (sus Modificatorias y Complementarias), la RG 2557/09 (Bonos Fiscales Electrónicos) y a la RG 1361.

 

4. Definición de los países (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)

Si usted genera comprobantes electrónicos de exportación (RG 3066), invoque el proceso Países del módulo Ventas y complete la clasificación AFIP con el código que este organismo asigna a cada país.

 

5. Definición de las monedas (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)

Si usted genera comprobantes electrónicos para el mercado interno y/o de exportación, invoque el proceso Monedas del módulo Procesos generales y complete el Código moneda Comp Elec. con la clasificación que la AFIP asigna a cada unidad monetaria.

 

6. Alta de talonarios

Ingrese al proceso Talonarios y defina los talonarios (nuevos puntos de venta solicitados en AFIP) a utilizar durante la generación de comprobantes electrónicos.
En cada uno de esos talonarios, active el parámetro Genera Comprobante Electrónico.
Al definir un talonario de comprobantes electrónicos, tenga en cuenta las siguientes consideraciones:

  • No es posible aplicar la modalidad ‘Multipropósito’, por lo que deberá dar de alta talonarios para Facturas, N/D y N/C en forma independiente.
  • Para imprimir comprobantes electrónicos, ingrese el destino de impresión en el talonario.
  • El primer número habilitado del talonario debe ser 1 (uno).
  • Defina el Tipo de Conexión a utilizar para su comunicación con la AFIP (‘En Línea’ o bien, ‘Diferido’).
    • En Línea: indica que en el momento de emitir el comprobante electrónico, Tango se comunicará con el servidor de la AFIP para solicitar el CAE. correspondiente. Para más información consulte Modalidad en Línea.
    • Diferido: indica que la obtención del CAE será posterior a la confección del comprobante electrónico. Tenga en cuenta que un comprobante electrónico sin CAE no tiene validez legal, y por lo tanto no puede ser entregada al cliente. Para más información consulte Modalidad Diferida.
  • Si usted cumple con la RG 2557/09 para la emisión de comprobantes electrónicos del mercado interno y la utilización de los Bonos Fiscales Electrónicos, defina los talonarios con tipo asociado ‘A’ y/o ‘B’ para la generación de comprobantes electrónicos. Para cada talonario, tilde el parámetro Utiliza Bono Fiscal Electrónico. De esta forma, los diferenciará de los talonarios electrónicos con letra ‘A’ y/o ‘B’ que utilicen otro webservice.
  • Si usted cumple con la RG 3749 y necesita emitir comprobantes electrónicos tipo Recibo (Facturas – Recibo) debe tildar el campo Recibo-factura para que al generar el comprobante electrónico este sea informado a AFIP con el código correspondiente. Si necesita emitir comprobantes ‘M’ debe crear un talonario electrónico del tipo ‘M’.
  • Indique si imprime el comprobante electrónico una vez obtenido el CAE.
  • Indique si envía el comprobante generado a su cliente por correo electrónico.
  • Ingrese la ubicación (directorio o carpeta) y el nombre de la imagen escaneada del formulario preimpreso a incluir en los comprobantes que se envíen por correo electrónico. Sugerimos escanear el formulario preimpreso grabando la imagen sin márgenes adicionales. Es posible que deba efectuar algunas pruebas hasta que la visualización del archivo pdf sea correcta. Tenga en cuenta que a diferencia de los comprobantes no electrónicos, los comprobantes electrónicos pueden imprimirse o enviarse por correo electrónico cuantas veces lo desee.
  • Acceda a la opción Formularios, invoque la función Dibujar <F6> para agregar las variables de reemplazo para comprobantes electrónicos (CAE, Fecha de Vencimiento, etc.). Tenga en cuenta que también es necesario agregar las variables de reemplazo para Tipo de comprobante y Número de Comprobante.
  • Si cumple con la RG 3066, diseñe sus formularios incluyendo las palabras de control para comprobantes electrónicos de exportación y las palabras de reemplazo para comprobantes electrónicos de exportación.
  • Si necesita emitir comprobantes ‘A’ con CBU Informado, recuerde diseñar el formulario correspondiente incluyendo la leyenda «Pago en CBU informado». Ubique dicha leyenda según lo indicado en la normativa vigente.

¿Cuántos talonarios debo definir?
Si usted genera en forma electrónica, comprobantes de facturas, notas de débito y notas de crédito de tipo ‘A’ y ‘B’, sugerimos definir por punto de venta, un talonario electrónico para cada tipo de comprobante / tipo asociado / número de sucursal. Es decir, no debería tener definidos más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘A’ (FAC, DEB, CRE) ni más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘B’ (FAC, DEB, CRE) por punto de venta.
Si usted genera en forma electrónica, comprobantes de facturas, notas de débito y notas de crédito de tipo ‘C’ (para Monotributistas), sugerimos definir por punto de venta, un talonario electrónico para cada Tipo de comprobante / Tipo asociado / Número de sucursal. Es decir, no debería tener definidos más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘C’ (FAC, DEB, CRE) por punto de venta.
Si usted genera en forma electrónica, comprobantes de exportación (facturas, notas de débito y notas de crédito de tipo ‘E’), sugerimos definir por punto de venta, un talonario electrónico para cada Tipo de comprobante / Tipo asociado / Número de sucursal. Es decir, no debería tener definidos más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘E’ (FAC, DEB, CRE) por punto de venta.
Si usted genera en forma electrónica, comprobantes de facturas, notas de débito y notas de crédito de tipo ‘A’ y ‘B’ (según RG 2557/09), sugerimos definir por punto de venta, un talonario electrónico para cada Tipo de comprobante / Tipo asociado / Número de sucursal. Es decir, no debería tener definidos más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘A’ (FAC, DEB, CRE) ni más de 3 talonarios electrónicos de clase ‘B’ (FAC, DEB, CRE) por punto de venta.
Si usted genera en forma electrónica comprobantes del mercado interno según la RG 2485 y/o según la RG 2557/09 (Bonos Fiscales Electrónicos), defina un juego de talonarios para cada resolución general.
Es decir, 3 talonarios electrónicos de clase ‘A’ (‘FAC’, ‘DEB’, ‘CRE’) y 3 talonarios electrónicos de clase ‘B’ (‘FAC’, ‘DEB’, ‘CRE’) por punto de venta si emite comprobantes electrónicos para el mercado interno según RG 2485; y además, 3 talonarios electrónicos de clase ‘A’ (‘FAC’, ‘DEB’, ‘CRE’) que utilicen BFE y 3 talonarios electrónicos de clase ‘B’ (‘FAC’, ‘DEB’, ‘CRE’) que utilicen BFE por punto de venta, si emite comprobantes electrónicos asociados a Bonos Fiscales Electrónicos.

 

7. Codificación de artículos (sólo para versión ‘Notificación Juez’ de Webservices)

Ingrese al proceso Artículos del módulo Stock  y en la solapa Principal complete el código de barras de cada artículo.
Este dato es requerido por la AFIP para la preparación de los archivos de comprobantes electrónicos correspondientes a la RG 2904 (Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Codificación de las operaciones efectuadas).

 

8. Clasificación de artículos

Ingrese al proceso Artículos del módulo Stock y complete los siguientes datos en la solapa Datos legales:

Para Comprobantes Electrónicos (del mercado interno)
Indique el Código de Unidad de Medida de Stock (definido por AFIP) y su Equivalencia.
Seleccione el Código de Unidad de Medida para la presentación de Ventas (definido por AFIP) y el valor de su Equivalencia.
Estos datos son requeridos por la AFIP para el envío de información de los comprobantes electrónicos.
Si usted emite comprobantes electrónicos clase ‘A’, ‘B’ y utiliza Bonos Fiscales Electrónicos (según RG 2557/09), asigne a sus artículos, el Código de producto (N.C.M.) -según el Nomenclador Común del Mercosur.

Para Comprobantes de Exportación Electrónicos
Ingrese la clasificación según AFIP para la Unidad de Medida de Stock y para la presentación de Ventas.
Estos datos son requeridos por la AFIP para el envío de información de los comprobantes de facturación electrónicos correspondientes a operaciones de exportación.

Para comprobantes electrónicos del mercado interno y para comprobantes electrónicos de exportación
Tenga en cuenta que:

  • Usted puede actualizar los datos de los artículos en forma masiva, utilizando el proceso Actualización Global de Códigos de AFIP del módulo Stock.
  • Puede invocar el comando Listar para obtener información de los artículos que han sido configurados y también, aquellos no configurados para la generación de comprobantes electrónicos.
  • Usted puede actualizar el Código de producto (N.C.M.) desde el proceso Actualización Masiva de Artículos del módulo Stock.

 

9. Clasificación de los clientes (sólo para Comprobantes Electrónicos de Exportación)

Para el Envío de Comprobantes Electrónicos:
Si su empresa emite comprobantes electrónicos (del mercado interno y/o de exportación), defina para cada uno de sus clientes, los siguientes datos:

Forma de Envío: indique la modalidad de envío a su cliente de los comprobantes electrónicos que usted emita. Puede optar por una de las siguientes opciones: e-mail, e-mail / papel o tener en cuenta la definición del talonario.

Mail Envío: es la dirección de e-mail para el envío de los comprobantes electrónicos. Por defecto, se propone la dirección ingresada en el campo Correo electrónico del cliente.

Para Comprobantes Electrónicos con Codificación de las Operaciones
Si cumple con la RG 2904 – Art. 4º (Webservice: ‘Notificación Juez’) para la emisión de comprobantes electrónicos del mercado interno con el detalle de la codificación de las operaciones, y necesita aplicar una configuración particular a uno o más clientes, defina los siguientes parámetros:

Detalle de los artículos: indique si considera el definido en el ‘Artículo’ o el definido para el ‘Artículo – Cliente’.

Incluye Comentarios de los artículos como parte de la descripción de los productos.
Por defecto, el sistema considera lo definido en la solapa Comprobantes electrónicos del proceso Parámetros de Ventas.

Para Comprobantes de Exportación Electrónicos:
Si cumple con la RG 3066 (sus Modificatorias y Complementarias) para la emisión y almacenamiento de comprobantes originales que respaldan operaciones de exportación, ingrese la Identificación Tributaria de cada uno de los clientes a los que emite comprobantes de tipo ‘E’.
En el caso de no completar este dato, el sistema informará a la AFIP, el CUIT del país destino del comprobante electrónico de exportación.
Si necesita aplicar una configuración particular a uno o más clientes, defina los siguientes parámetros para comprobantes electrónicos de exportación:

  • Idioma del comprobante (español, inglés o portugués).
  • Detalle de los artículos: indique si considera el definido en el ‘Artículo’ o el definido para el ‘Artículo – Cliente’.
  • Incluye Comentarios de los artículos como parte de la descripción de los productos.

Por defecto, el sistema considera lo definido en la solapa Comprobantes electrónicos del proceso Parámetros de Ventas.

 

10. Codificación de alícuotas

Para cada alícuota ingresada en el sistema, indique cuál es el código definido por AFIP.
Realice este paso si emite comprobantes electrónicos del mercado interno.

 

11. Codificación de percepciones definibles

Para cada percepción definible, seleccione el código definido por AFIP.
Realice este paso si emite comprobantes electrónicos del mercado interno.

 

12. Resoluciones AFIP – Regímenes específicos – Reemplazo de regímenes informativos (información de datos adicionales)

Si usted está alcanzado por la RG 3749 o la RG 4004 – E (*) y alguna de sus actividades requiere informar datos adicionales debe parametrizar el sistema para informarlos.
Recuerde que esto aplica para  los comprobantes electrónicos que sean emitidos mediante web service 2 y en talonarios que no utilicen bonos fiscales.

(*) La información adicional requerida por la RG 4004 solo se podrá informar a AFIP utilizando el Facturador.

Para ello, debe realizar los siguientes pasos:

1. Configurar en Parámetros de venta – Comprobantes electrónicos – Solapa Otras resoluciones
En la solapa Otras resoluciones de Comprobantes electrónicos encontrará los siguientes campos:

Resoluciones AFIP – Regímenes específicos – Reemplazo de regímenes informativos: tilde esta opción si alguna de sus actividades se corresponde con alguna de las comprendidas en los alcances de la citada normativa.

En ese caso, complete los siguientes campos.

Actividad habitual a informar: seleccione la actividad más recurrente.

  • Educación pública de gestión privada.
  • Locación de inmuebles rurales.
  • Locación de inmuebles turísticos.
  • Locación de inmuebles.

Si su actividad más frecuente no se encuentra entre esas opciones, deje el campo en blanco.

Tipo de actividad habitual: seleccione el tipo habitual de sus comprobantes, pudiendo ser:

  • Para RG 3749:
    • Comprendida.
    • No comprendida.
  • Para RG 4004 – E:
    • Propietario directo.
    • A través de intermediario.

En las resoluciones indicadas, rectificativas y complementarias se determinan las condiciones que hacen que los comprobantes correspondan a un tipo u otro. El campo puede ser dejado en blanco y ser completado, en caso de corresponder, al momento de emitir el comprobante.

2. Definir los perfiles que necesite para su operación
Perfiles de facturación
En la pantalla de perfiles de facturación configure los siguientes campos:

Estos campos determinan el comportamiento de los ítems Actividad a informar y Tipo de actividad en los procesos de Facturación y Pedidos.

Actividad a informar y Tipo de actividad: se aplican únicamente en la emisión de comprobantes electrónicos que utilicen web service 2 y no utilicen talonario de bonos fiscales.
Opciones de comportamiento:

  • O – Obligatorio: los comprobantes no podrán ser generados sin indicar en ellos la actividad y tipo de actividad a informar. Esta opción de comportamiento únicamente se aplica durante el ingreso de comprobantes de facturación (no afecta al ingreso de pedidos).
  • N – No obligatorio: el sistema no obligará a indicar la actividad y tipo de actividad a informar en sus comprobantes. Esta es la opción recomendada si usted posee varias actividades y algunas de ellas no deben informar datos adicionales según RG 3749.

Utilice estas opciones  junto a  ‘Edita’, ‘Muestra’ u ‘Oculta’ para conseguir el comportamiento deseado durante el ingreso de los comprobantes.

Valores por defecto: indique en estos campos la actividad y tipo de actividad que desea informar al utilizar este perfil. Estos campos pueden quedar en blanco y completar los valores en el ingreso del comprobante.

Nota

Tenga en cuenta que si la factura se genera en referencia a un pedido, la actividad a informar será la parametrizada en el mismo.

Perfiles de notas de crédito

En la pantalla perfiles de notas de crédito configure los siguientes campos:

Estos campos controlan el comportamiento de los campos Actividad a informar y Tipo de actividad en los procesos de emisión de notas de crédito.

Actividad a informar y Tipo de actividad: se aplican únicamente en la emisión de comprobantes electrónicos que utilicen el web service 2 y no utilicen talonario de bonos fiscales.
Opciones de comportamiento:

  • O – Obligatorio: las notas de crédito no podrán ser generadas sin indicar la actividad a informar.
  • N – No obligatorio: el sistema no obligará a indicar la actividad a informar en sus notas de crédito. Esta es la opción le permitira modificar los datos en el ingreso de los comprobantes o bien dejarla en blanco.

Utilice estas opciones  junto a  ‘Edita’, ‘Muestra’ u ‘Oculta’ para conseguir el comportamiento deseado durante el ingreso de los comprobantes.

Valores por defecto: indique en estos campos la actividad y tipo de actividad que desea informar al utilizar este perfil. Estos campos pueden quedar en blanco y completar los valores en el ingreso del comprobante.

3. Definir los contactos responsables del pago
Si su actividad corresponde a «Educación pública de gestión privada» debe informar el tipo y número de documento del responsable del pago. Para ello, en la pantalla Contactos el cliente encontrará los siguientes campos.

Responsable de pagos: tilde el contacto que sea responsable del pago de sus facturas. Sólo uno de los contactos del cliente podrá ser el responsable del pago.

Tipo de documento y Número de documento: correspondiente al documento del contacto. Estos campos son obligatorios para el contacto responsable del pago.

4. Emisión de facturas / notas de crédito / notas de débito y pedidos

Al ingresar un comprobante de factura, nota de débito, nota de crédito o pedido, se presentará una pantalla para indicar los datos que serán informados a la AFIP en el comprobante electrónico correspondiente. Esta pantalla se presentará automáticamente luego de ingresar los datos de cabecera. También puede acceder a esta pantalla pulsando <Ctrl + I>.

Actividad a informar: en este campo ingrese la actividad a informar según corresponda al comprobante que está emitiendo, puede quedar en blanco.

Tipo de actividad: seleccione alguna de las opciones considerando la actividad que desarrolla y lo especificado en las normativas vigentes. El campo puede quedar en blanco.

Pedidos: los valores por defecto para la actividad y el tipo de actividad a informar se tomarán del perfil seleccionado. Si no utiliza perfiles, el sistema tomará los valores indicados en Parámetros de Ventas.

Facturación: los valores por defecto para la actividad y el tipo de actividad a informar se tomarán de los pedidos referenciados. Si no se emite el comprobante en relación a pedidos, el sistema tomará los valores por defecto indicados en el perfil que esté utilizando. Si no utiliza perfiles el sistema tomará los valores indicados en Parámetros de Ventas.

Notas de crédito: los valores por defecto para la actividad a informar y el tipo de actividad se tomarán del comprobante de referencia. Si el comprobante de referencia no fuera electrónico, o si no emite la nota de crédito en relación a un comprobante de referencia, los obtendrá del perfil que se esté utilizando. Si no se utilizan perfiles, los obtendrá de Parámetros de Ventas.

Notas de débito: los valores por defecto para la actividad a informar y el tipo de actividad se tomarán del comprobante de referencia Si el comprobante de referencia no fuera electrónico, o si no emite la nota de débito en relación a un comprobante de referencia, los obtendrá de Parámetros de Ventas.

Responsable del pago: si la actividad que usted informa en el comprobante corresponde con «Educación pública de gestión privada», complete los datos del responsable del pago.

Tipo de documento: indique en este campo el tipo de documento (CUIT – CUIL o DNI) del responsable del pago.

Número de documento: registre en este campo el número de documento del responsable del pago. Si el tipo de documento ingresado es un CUIT o un CUIL el sistema verifica que el número sea correcto.

Nota

Tenga en cuenta que AFIP valida el tipo y número de documento ingresado contra el padrón general, por lo cual es importante ingresar datos correctos para evitar rechazos en los comprobantes.

Nota

Los valores por defecto para el tipo y número de documento del responsable del pago se tomarán del contacto del cliente que este definido como tal, o bien del comprobante de referencia. Si no hay un contacto parametrizado como responsable del pago o se genera una factura a un cliente ocasional, se utilizará el tipo y número de documento del cliente.

 

Consideraciones adicionales para comprobantes ‘E’ a clientes de Tierra del Fuego

Si usted emite comprobantes electrónicos de exportación (clase ‘E’) a clientes de Tierra del Fuego, tenga en cuenta las siguientes indicaciones:

  • Países:
    • VERIFIQUE que exista un país con el nombre TIERRA DEL FUEGO.
    • VERIFIQUE que en Clasificación AFIP tenga asignado el código 250 (Tierra del Fuego – (AAE)) -que es el código asignado por este organismo.
  • Provincias:
    • VERIFIQUE que exista la provincia correspondiente a TIERRA DEL FUEGO.
    • VERIFIQUE que la codificación asignada en Clasificación AFIP sea la correcta para esta provincia (24).
  • Clientes:
    • VERIFIQUE que sus clientes tengan asignados el País y la Provincia correctas.
    • TENGA EN CUENTA que para clientes de Tierra del Fuego sólo se permite que liquiden percepciones de Ingresos Brutos.

 

Consideraciones adicionales para la generación de comprobantes T

A continuación, enumeramos los pasos necesarios para poner en marcha el circuito de comprobantes electrónicos T (de turismo):

  • Parámetros de ventas: ingresando a Parámetros de Ventas, dentro de la solapa Comprobantes electrónicos, sub-solapa Resoluciones, habilite la opción Genera información RG 3971.
  • Definición de talonarios: ingrese a Talonarios y defina los talonarios electrónicos tipo ‘T’ a utilizar durante la generación de comprobantes indicando el nuevo punto de venta asignado por AFIP.
    Para más información sobre consideraciones generales consulte Alta de talonarios.
  • Definición del TYP de impresión: ingrese desde el módulo Procesos generales a Formularios | Ventas para definir el dibujo del TYP a utilizar según lo solicitado por la RG 3971.
    Para la definición del TYP, usted posee nuevas variables específicas: @JT: forma de pago seleccionada, @NJ: número de tarjeta, @SW: código SWIFT, @NW: número de cuenta.
  • Codificación de alícuotas: para la generación del reintegro de IVA, defina una alícuota de IVA (con código de alícuota del 1 al 10), con Porcentaje: 21% y con Código AFIP: 10 – 21% Aplica reintegro.
    Por otra parte, verifique la existencia de la alícuota con código 91 – IVA Liberado.
  • Codificación de artículos: ingrese al proceso Artículos del módulo Stock y, para los artículos que se incluyen en los comprobantes electrónicos tipo ‘T’, complete dentro de la solapa Datos legales (en la sección Comprobantes de turismo electrónico) los datos correspondientes a:
    • Tipo de ítem según la codificación de AFIP:
      • 00 – Ítem general
      • 91 – Ajuste de IVA
      • 97 – Anticipo
      • 99 – Descuento General.
    • Tipo de ítem según la codificación de AFIP:
      • 0001 – Servicio de alojamiento sin desayuno
      • 0002 – Servicio de alojamiento con desayuno
      • 0005 – Excedente
      • 0020 – Modificación de Información de los huéspedes sin modificación del importe
      • 0021 – Modificación de la fecha de ingreso sin modificación de importe.
    • Tipo de unidad (*):
      • 0001 – Persona
      • 0002 – Carpa
      • 0003 – Bungalow
      • 0004 – Cabaña
      • 0005 – Departamento
      • 0010 – Single
      • 0011 – Doble
      • 0012 – Triple
      • 0013 – Cuádruple
      • 0014 – Plaza (para hostel).
  • Generación de comprobantes T: genere los comprobantes electrónicos T desde el Facturador. Para más información consulte Generar comprobantes electrónicos T.

(*) Los artículos a los que podrá definir estas características e incluir en comprobantes electrónicos T, son aquellos de tipo simple, que no usan escala, no llevan series ni partidas y no facturan por importe.

Generación de notas de débito T:

En la versión actual no se encuentra disponible la generación de notas de débito T. Momentáneamente deberá registrarlo como una factura.

 

Consideraciones para la generación de Factura de crédito electrónica MiPyME (Ley 27440)

En base Ley de Financiamiento Productivo Nº 27440, La RG N° 4367/2018 de la AFIP, sus Modificatorias y Complementarias establecen un régimen especial para la emisión y almacenamiento de comprobantes originales que respalden facturas de crédito electrónicas.

Para conocer las características de este régimen, haga clic aquí: https://www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/default.asp.

Pasos previos a la generación de un comprobante de crédito electrónico

Luego de completar los pasos previos que todo cliente debe realizar ante la AFIP y los de la generación de un Comprobante de Crédito electrónico, utilice los procesos indicados para poner en marcha el circuito de comprobante de créditos electrónicos:

  • Parámetros de ventas: ingrese a Parámetros de Ventas, dentro de la solapa Comprobantes electrónicos, sub-solapa Otras resoluciones, defina el CBU del emisor (dato obligatorio para la generación de este tipo de comprobantes).
  • Talonarios: ingrese al proceso Talonarios y defina los talonarios (nuevos puntos de venta solicitados en AFIP) a utilizar durante la generación de comprobantes de crédito electrónicos.
    En cada uno de esos talonarios, active, además de las consideraciones propias para factura electrónica, el parámetro Comprobante de crédito electrónico.

Generación de comprobantes de crédito electrónicos MiPyme

Para generar un comprobante de crédito electrónico:

  • Seleccione un talonario que tenga activado el parámetro Comprobante de crédito electrónico.
  • Seleccione una condición de venta de contado, o con una cuota.

Para más información consulte Generar comprobantes de crédito electrónicos.

 

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