Actualización del impuesto a retener/devolver

En este proceso usted podrá ingresar, para un legajo y una liquidación especifica, un importe para el impuesto a las ganancias calculado de forma externa al sistema.

El valor ingresado, reemplazará el importe del concepto de Retención Imp. Ganancias o de Devolución Imp. Ganancias calculado en alguno de los siguientes procesos:

Aclaraciones

  • El legajo debe estar habilitado para liquidar el Impuesto a las Ganancias.
  • El estado del Dato Fijo debe ser ‘Abierto’ y los tipos de liquidaciones permitidos son:
    • Primera Quincena
    • Segunda Quincena
    • Mensual
    • Extraordinaria Remunerativa
    • Vacaciones
    • Aguinaldo
    • Extraordinaria No Remunerativa
    • Bajas.
  • Posterior al ingreso/modificación de un valor, se deberá liquidar el Impuesto a las Ganancias.
  • Solo podrá eliminarse un registro, si el mismo no ha sido utilizado en la liquidación del Impuesto a las Ganancias. En caso de haberse utilizado el registro, sólo podrá ser eliminado previa ejecución del proceso Anulación de liquidaciones.

 

Auditoría

Mediante la auditoría usted podrá obtener, para un registro:

  • Bajo el título «Datos utilizados para la liquidación»: información sobre el registro utilizado en la liquidación del Impuesto a las Ganancias.
  • Bajo el título «Última modificación»: información sobre el registro creado/modificado.

Nota

En caso de existir un registro creado/modificado, pero no utilizado en la liquidación, se mostrará un aviso de advertencia.

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